Se ordenó librar despacho de comisión y remitirlo al Juzgado Ejecutor de medidas de los Municipios Rangel y Cradenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que haga entrega a los representantes de la DEPOSITARIA JUDICIAL LOS ANDES, C.A., de la media hectárea de terreno, donde quedó el ciudadano PEDRO NIÑO, cultivándola hasta que recogiera la cosecha; ya que el resto del terreno embargado ejecutivamente, fue entregado a los representantes de la DEPOSITARIA JUDICIAL LOS ANDES, C.A., y se ordenó anexarle copia fotostática certificada de las actas y de la decisión de fecha 24 de mayo de 2005, a los fines de que sean tomadas en consideración dichas actas, a la fecha de entrega de la media hectárea que quedó en posesión del ciudadano PEDRO NIÑO, a la mencionada DEPOSITARIA JUDICIAL.