Por las fundadas razones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nro. 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 479, Ordinal 1° y 500 del Código Orgánico Procesal Penal vigente y el artículo 67 de la Ley de Régimen Penitenciario, en concordancia con el artículo 65 ejusdem, ACUERDA LA FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO QUE FUERA SOLICITADA POR EL PENADO Héctor Favio Ángel Arias, quien es de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 16.777.807, por reunir todos los requisitos exigidos por la Ley para su otorgamiento, la cual deberá cumplir en el Centro Penitenciario de Occidente Santa Ana (lugar de Pernocta), ubicado en Santa Ana Estado Táchira, hasta que le corresponda y se le acuerde alguna otra fórmula alternati.....