El Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
1) Absuelve al ciudadano Juan de Dios Zerpa Dávila, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal, debido a la aplicación del principio procesal ¿In dubio pro reo¿, que señala que en caso de duda se favorecerá el reo, por contrario imperio del artículo 13 ejusdem y el artículo 24 de la Constitución Nacional, por el delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal.
2) Se ordena la libertad plena de Juan de Dios Zerpa Dávila.
3) Se acuerda la remisión de las actuaciones al archivo judicial una vez quede firme la presente decisión.
Regístrese, publíquese y certifíquese por secretaría copia de la presente sentencia. Cúmplase.
La Juez (T) de Juicio N° 01
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