Se ordenó la notificación del accionante, para que, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a que conste en autos su notificación, proceda a corregir los defectos de que adolece su solicitud de amparo, y a ampliar las pruebas documentales producidas, advirtiéndosele igualmente que, de no hacerlo, se declarará inadmisible la acción propuesta.