Acuerda: PRIMERO: Hacer la entrega del vehículo antes identificado en calidad de depósito de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano MIGUEL ANGEL RINCON PEREZ, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. E-82.132.689. SEGUNDO: Oficiar al Estacionamiento "González" ubicado en la población de Tucán, que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehículo CLASE: CAMION, MARCA: CHEVROLET MODELO: KODIAT, TIPO: ESTACA AÑO 1993, COLOR: BLANCO, USO: CARGA, SERIAL CARROCERÍA: C2N3MPV311899, SERIAL DE MOTOR: MPV311899, PLACA: 50N-RAB, al mencionado ciudadano en calidad de depósito. TERCERO: Por cuanto el Solicitante consiga Certificado de Registro de Vehículo, así como original del Documento Autenticado y copia Certificada del Documento de Compra Venta, insertos del folio 13,14, 15 y 53, se ACUERDA su entrega, en su lugar deberá dejarse copia Certificada. Así se decide.