En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA incoada por la ciudadana DELIA AURORA ALBORNOZ PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-3.991.525, domiciliada en esta Ciudad de Mérida, Estado Mérida y jurídicamente hábil, debidamente representada por su Apoderada Judicial la Abogada en ejercicio ELIZABETH SUESCÚN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.248.827, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 53.059 y jurídicamente hábil, contra el ciudadano VICENTE AUGUST CALERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-11.936.372, del mismo domicilio y civilmente hábil, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y COBRO DE BOLÍVARES.
En .....