Por las razones tanto de hecho como de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal de Control 3 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Acuerda hacer entrega, para su guarda y custodia del vehículo al ciudadano RAMON ALONSO MORENO ANDRADE , venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 9.476.025, domiciliado en San Rafael de Tabay, Municipio Santos Marquina, Mérida, Estado Mérida, del vehículo: PLACA XCM-177, SERIAL CARROCERÍA AE829019969, SERIAL DE MOTOR 4ª0779279, MARCA TOYOTA, MODELO COROLLA, AÑO 1997, COLOR NEGRO, CLASE AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, USO Particular para lo cual deberá comparecer por ante este Tribunal a firmar acta compromiso, el mencionado ciudadano o su apoderado judicial, donde se apercibe al prenombrado ciudadano RAMON ALONSO MORENO ANDRADE, a que dicho vehículo no podrá ser enajenado, arrendado o impuesto de gravamen alguno, ni sacado de la jurisdicción del es.....