se acuerda expedir LA ORDEN DE APREHENSIÓN tal como se requirió y una vez colocado a las órdenes de éste Tribunal, se procederá a fijar audiencia para oírlo y resolver en cuanto a la solicitud de revocatoria del beneficio acordado y sobre su situación jurídica en el asunto que se le sigue. Y así se decide.
En consecuencia, éste Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del penado ADELMO ANTONIO SANTIAGO BRICEÑO, venezolano, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad N°-16.715.368, nacido en fecha 22-04-1980, obrero agricultor, domiciliado en la Parroquia Nueva Bolivia, Barrio Nuevo, Los Rosales, Casa S/Nº, Municipio Tulio Fébres Cordero del Estado Mérida; a los fines de que justifique el motivo por el cual no ha dado cumplimiento al beneficio que le fuere otorga.....