Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en Tovar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la cuestión previa del numeral 5to. Del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil interpuesta por el ciudadano OSCAR ALBERTO VERGARA GUILLEN, cedulado con el Nro. V-14.623.256 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nro. 105.734, domiciliado en el Vigía del Estado Bolivariano de Mérida, actuando con el carácter de apoderado judicial de los litisconsortes demandados ciudadanos EDGAR VIVAS FERNANDEZ y EULINA DE LA CHIQUINQUIRA TERAN SOTO, venezolanos, mayores de edad, cedulados con los Nros. V-8.705.056 y V-16.624.622, domiciliados en la Población de Santa Cruz de Mora del Estado Bolivariano de Mérida en la causa seguida en su contra por el ciudadano FRANKLIN ALEJANDRO MÁRQUEZ ORTEGA v.....