Por los razonamientos anteriores este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Sección de Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA LA EXTINCIÓN DE LA SANCIÓN PENAL impuesta al hoy occiso, ciudadano: (IDENTIDAD OMITIDA), Venezolano, natural de este Estado, quién para el momento de su muerte contaba con veinte (20) años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 19.894.228, extinción ésta que se decreta por haberse producido su muerte, todo de conformidad con los artículos 103 del Código Penal en concordancia con el 647 y 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 173 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión a las partes. Líbrense las respectivas boletas de notificación. Así se decide.---------------------------------------------------------------
LA JUEZ EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Nº 01
ABOG. Y.....