Este Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control. Del Estado Mérida, Extensión el Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hace el siguiente pronunciamiento: NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, solicitada por la defensa de conformidad con los artículos 26, 43, 49 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el articulo 242 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano: ALBERTO CONDE LÓPEZ, natural de Colombia, nacionalizado, nacido en fecha 05-11-1948, titular de la cédula de identidad V- 23207.547, de 64 años de edad, de oficio vigilante en la empresa Lácteos San Benito, ubicado en Guayabones, casado, analfabeta, hijo de Victor Conde (f y Juana López (v), residenciado en el Caserío de Puerto Chama, vía 4 esquinas, Santa Bárbara del Zulia, calle ciega s/n, Santa Bárbara del Zulia, por la presunta comisión del delito: VIOLENCIA SEXUA.....