Dispositiva:
Por las razones anteriormente analizadas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara como FLAGRANTE la detención de la ciudadana ANYA PIERINA SALAS CONTRERAS, por considerar que se encuentran llenos los extremos del artículo 44 de la Constitución, en armonía con el 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos ROBO AGRAVADO y USO DE NIÑA Y ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previstos y sancionados en los artículos 458 del Código Penal y 264 de la LOPNA, respectivamente.
SEGUNDO: Se acuerda Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad en contra de la ciudadana ANYA PIERINA SALAS CONTRERAS, consistente en FIANZA PERSONAL, de conformidad con los artículos 250, 256 y 258 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCE.....