administrando justicia en nombre de la Republica de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Conforme a lo solicitado por el Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público Abg. Harvey Gutiérrez y de conformidad con los artículos 49 numeral 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 1 del Código Penal y 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara el sobreseimiento definitivo, en el presente asunto penal signado bajo el N° LP11-D-2005-000034, donde figura como víctima el adolescente (reservado), según investigación fiscal N° 14F11-418-01, iniciada por la presunta comisión de uno de los delitos Contra las Personas. Segundo: A tal efecto, de conformidad con el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal, se le pone término al presente procedimiento. Tercero: Una vez transcurrido el lapso legal correspondiente se ordenará la remisión del asunto penal al Archivo Judicial a los fines de su guarda y custodia. Cuarto: Se ordena la entrega del .....