Con base a los razonamientos precedentes éste Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N° 01 del circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDO el lapso de Un (01) Año, Veinticinco (25) Días y Doce (12) horas, de la pena total que cumple el penado: HENRY JOEL MARQUEZ, siendo detenido el 23-03-2000, hasta 29-03-2000, por el lapso de Seis (06) días, una segunda detención de fecha 11-02-2001 hasta 19-03-2001, por el lapso de Un (01) mes Ocho (08) días, y una tercera detención de fecha 25-01-2004, hasta la presente fecha 25-04-2.006, por el lapso de Dos (02) Años, Dos (02) Meses y Veintinueve (29) Días, que sumados estas detenciones más la redención le da un total de pena cumplida con redención de TRES (03) AÑOS, CINCO (05) MESES, OCHO (08) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS, CUATRO.....