En el día de hoy, martes 25/05/2017, presente los ciudadanos GLEIDA RAQUEL SANCHEZ RUIZ y GILBERTO ARCENIO VARELA VARELA, llegaron al presente convenimiento de aumento de la obligación de manutención en beneficio de su hija SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, de 9 años de edad, en los siguientes términos: Ambas partes conviene aumentar la obligación de manutención en la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs.15.000,00), MENSUALES así mismo en el mes de agosto el padre se compromete a comprar los uniformes escolares y zapatos, y en el mes de diciembre comprar una muda de ropa y sus zapatos de la misma forma el padre se compromete a pagar el trimestre de la piscina donde la niña practica natación. Los pagos extraordinarios serán cubiertos por ambas partes en un 50%. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protecci.....