´DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones con competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la recusación interpuesta por la abogada Yudith del Carmen Rojas de Simancas, con el carácter de Defensora de confianza del ciudadano Pedro José González Belandria, quien se encuentra acusado en el caso penal Nº LP11-P-2020-000248, en contra de la abogada Marisela Tayanara Hernández Gómez, en su condición de Jueza de Primera en funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 95 y 96 del Código Orgánico Procesal Penal, por ser manifiestamente infundada.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia de la presente decisión. Notifíquese a las partes.´