Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nro. 06, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda la solicitud implícita en el contenido de los correspondientes Informes de Finalización de Régimen de Prueba, presentados por la Delegado de Prueba; DRA. LORENA BALZA NARVAEZ, y en tal sentido, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con los artículos 40 (actual 45) y 325, Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal derogado (actual 318, Ordinal 3°), en concordancia con el artículo 44, Ordinal 7° Ejusdem (actual 48, Ordinal 7°), ello por haber transcurrido en su totalidad el lapso de DOS (2) AÑOS que para el régimen de prueba fijara el Tribunal al mencionado Imputado, al concederle la Medida de Suspensión Condicional del Proceso, que de conformidad con el artículo 37 del Código Orgánico Procesal Penal derogado, éstos solicitaran en Audiencia efectuada en fe.....