Se cierra el debate de conformidad con los artículos 177, 360 y 361 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de dictar la dispositiva de la sentencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 01 Unipersonal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara;
PRIMERO: ABSUELVE al acusado, JOSÉ ACACIO RUJANO RAMÍREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-9.198.340, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 07-03-1.961, de 48 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación u oficio obrero, hijo de José Rujano y de María Ramírez de Rujano, residenciado en la vía a Brisas de Onia, Sector La Peña, Calle Principal, Casa S/Nº, al lado del Tanque del Agua, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a.....