Por los razonamientos anteriormente expuestos y mediante el presente auto, éste Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, Ejecuta la sentencia condenatoria dictada en fecha veinticinco de Junio de dos mil ocho (25-06-2008), por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial Penal, contra el ciudadano Derby Felipe Paredes Paredes, a cumplir la pena de condenado a cumplir la pena tres (03) años de prisión, por ser autor responsable en la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectivid.....