"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda por el abogado Edilio Ramón Valbuena Ramírez, apoderado Judicial de la ciudadana Teresa Acevedo, contra la ciudadana Carmen Alicia Otaiza Paredes, por DESALOJO DE INMUEBLE, por ser contraria a una disposición expresa de Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil..."