En razón de lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara en el presente proceso la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en consecuencia extinguido el proceso de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, intentada por los ciudadanos SHELLEN GARCIA REALES y PEDRO JOSÉ JIMENEZ ALVAREZ, de nacionalidad extranjera la primera (residente colombiana) y venezolano el segundo, solteros, titulares de la cédulas de identidad Nº E-83.122.256, V- 20.168.291 domiciliados en jurisdicción del Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, contra ISAMAR ANDREINA JIMENEZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.168.788, domiciliada en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida. Así se decide.
No hay condenatoria en costas conforme lo establecido.....