SE DECLARAR INADMISIBLE el recurso de apelación, ejercido por la abogada Nilda Mora Quiñonez, en su condición de defensora privada, y como tal del ciudadano Rafael Contreras, en contra del auto publicado en fecha veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro (23/05/2024), por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, mediante el cual ordena el cierre temporal del consultorio N° 03, ubicado en el piso N° 02 así como el quirófano, pertenecientes a la Clínica denominada "El Vigía", en la causa signada con el N° LP11-P-2023-000142, seguida en contra de los ciudadanos Rafael Contreras y Yosmaira Altuve, por la presunta comisión de los delitos de Lesiones Intencionales Gravísimas a Titulo de Dolo Eventual, previsto y sancionado en el artículo 420, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal; y el delito de Omisión de Socorro, previsto y sancionado en el artículo 438 del Código Penal. .....