Acto seguido, el ciudadano Juez, procedió a solicitar que expusiera su cédula de identidad o pasaporte ante la cámara del celular y preguntó si estaba conteste en otorga poder Apud acta a la abogado plenamente identificada, señalando el mismo en voz clara lo siguiente: "Expongo mi cédula de identidad ante la cámara del celular, para que sea verificada por el ciudadano Juez y secretaria, y manifiesto que otorgo Poder Apud acta, a la abogado LISBETH CAROLINA CHACÓN TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-14.401.429, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 318.819, para que me represente en el expediente que corre inserto a los autos, en el divorcio por desafecto en contra de la ciudadana YNOCENCIA RIVAS RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.203.542, todo de conformidad a lo dispuesto en la sentencia Nº 0105 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 08 de Marzo de 2024, Magistrado Ponente.....