Decisión N° 218/09 que NIEGA LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD QUE LES FUE IMPUESTAS A LOS IMPUTADOS ORLANDO ENRIQUE PAREDES RINCON, venezolano, natural de El Vigía, de 20 años de edad, estudiante de Administración en la Universidad Simón Rodríguez, titular de la cedula de identidad N° V 18.696.209, nacido en fecha 25-11-1988, hijo de Orlando Antonio Paredes y Luz Marina Rincón, residenciado en la Urbanización Lago Sur, calle 4, casa N° 143-A, El Vigía Estado Mérida y GENESIS JOSEFINA ALBARRAN NIETO, venezolana, de 19 años de edad, soltera, estudiante de Administración de Empresas en la Universidad Simón Rodríguez, titular de la cedula de identidad N° V. 19.503.059, nacida en fecha 06-07-90, hija de Magaly Nieto Briceño y Cesar Albarran y con domicilio en la Urbanización Lago-Sur, calle 4, casa Nº 143-A, El Vigía Estado Mérida. Públicada en físico el 24-09-09, y por irse la electricidad el 25-09-09 en el el Sistema Juris 2000.