este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 177 parágrafo cuarto de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara tales actuaciones suficientes para asegurar al niño OMITIR NOMBRE, de cuatro (04) años de edad, y la ciudadana MARIA EUGENIA LEAL ZAMBRANO, sean DECLARADOS COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante LUIS ERNESTO LIZARAZO GARCIA, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.249.496 y falleció en fecha diez de mayo de dos mil once (10-05-2011), según se evidencia en Acta de Defunción Nº 173, Año: 2011, ex.....