Por los fundamentos que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Decreta con lugar la Aprehensión en Situación de Flagrancia de los ciudadanos JESUS ALBERTO REY y MARIO JOSE NOVOA PAREDES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad No 9.134.000, y 15.670.530, de 45 y 28 años de edad, por haber nacido en fecha 24-01-60, y 02-10-77,domiciliados en, Barinitas, calle Principal, No 17-5, y 87-5, Estado Barinas por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el artículo 1º en concordancia con el artículo 2º ordinales 3º, 4º, 5º y 7º de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, para el primero de los nombrados, y HURTO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, EN GRADO DE COMPLICIDAD, pre.....