Por los razonamientos antes expuestos, ESTE TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 02 DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Decreta la extinción de la acción penal de conformidad con el artículo 49 numeral 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de la imputada : YURDEIBY LISETH GUTIERREZ MOLINA, Supra identificada en actas, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el art. 218 primer aparte, del Código Penal, en perjuicio: La Cosa Publica. Segundo: En mérito a las consideraciones que anteceden, y por las cuales la ciudadana: YURDEIBY LISETH GUTIERREZ MOLINA, Supra identificada, se sóbresee la causa, dé conformidad con lo previsto en los artículos 300 numeral 3 y 361 del Decreto con Rango, Valor y Fu.....