Me inhibo de conocer en la presente causa Nº LP11-P-2009-002220, seguida a los ciudadanos JAIRO RAUL BRICEÑO RODELO y YOHANDRY JOSÉ VIERAS SAAVEDRA por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO en perjuicio de LUIS ANGEL MONCAYO PEÑA, por cuanto son defendidos por la Defensora Pública Abogada CARMEN ELENA OJEDA, quien es la Defensora también del ciudadano DANIEL DAVID BARRIOS, incurso en el asunto penal Nº LP11-P-2007-002717, cursante por ante el Tribunal de Control Nº 04, investigación que se encuentra en fase preparatoria y reservada para terceros y en los cuales soy víctima, motivo por el cual, de conformidad a los artículos 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 86 numeral 8 y 87, 90, 94, 96, 101 del Código Orgánico Procesal Penal, consideró que existe razón justificada para inhibirme de conocer la presente causa, así mismo en fecha 23 de octubre de 2009, la Corte de Apelaciones declaró con lugar mi inhibi.....