DISPOSITIVA LP11-P-2011-000155
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Conforme a lo solicitado por el Ministerio Público se acuerda el Procedimiento previsto en el Artículo 141 y siguientes de la Ley Orgánica de Drogas, esto es, el "Procedimiento por Consumo", a tal efecto, se impone a los ciudadanos J.R.M.R. y J.G.E.M (Identidades omitidas conforme a lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley Orgánica de Drogas), la obligación de presentarse en la FUNDACIÓN FUNDADER, CAMINO DE RESCATE, con sede en El Paraíso, Sector Ali Primera, El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, a cargo del Director Alirio Maurera, TELF. 8810468/ 0414-9756216, a los fines de su rehabilitación. Se acuerda la práctica del Examen Médico P.....