DECISIÓN
El Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide:
Primero: Declara la extinción de la acción penal al ciudadano MENDEZ UZCATEGUI JOSE ALEXANDER, titular de la cedula identidad N°11.466.766, lugar de nacimiento en Mérida estado Mérida, en fecha 04-05-70, de 39 años de edad, ocupación comerciante, domiciliado En Salado, casa de color blanca, sector los cajones, al lado de la familia Rondon, de conformidad con el artículo 48.1 del Código Orgánico Procesal Penal declara extinguida la acción Penal.
Segundo: Como consecuencia de la extinción penal se decreta el sobreseimiento de la causa tal y como lo prevé el artículo 318.3 Código Orgánico Procesal Penal.
Tercero: Se ordena la notificación de todas las partes. Cúmplase.-