"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA, intentada por el ciudadano Antonio José Suárez Sánchez, asistido por el abogado José Ángel Zambrano Lobo, contra las ciudadanas Alvis Coromoto Moreno Lacruz y Gabriella Dongellini Petersen, plenamente identificados, por VENCIMIENTO DE PRÓRROGA LEGAL, y en consecuencia se acuerda: PRIMERO: Extinguida la relación arrendaticia que vinculó a las partes. SEGUNDO: Se ratifica en todas y cada una de sus partes, la Medida Preventiva de Secuestro, decretada por este Juzgado en fecha 02-07-2007, y practicada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sobre un inmueble, consistente en una casa para habitación, ubicada en la calle 29, entre avenidas 03 y 04, Nº 3-54, Municipio Libertador.....