DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Uno del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara improcedente la solicitud de otorgar la condición de víctima en el presente proceso penal al ciudadano JAVIER ANTONIO SUESCUM QUINTERO, en su carácter de Gerente General de la Empresa "Mérida Gas C.A", por la motivación precedentemente explanada. Y ASI SE DECIDE. Se ordena notificar al solicitante. Regístrese, publíquese, diarícese y déjese copia de esta decisión.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 A LOS 26 DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO. -