Se declarÓ CONSUMADA la perención y, en consecuencia, EXTINGUIDA la instancia en el presente proceso, incoado por ante el entonces denominado JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en la ciudad de Ejido, actualmente TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, por los abogados ÁLVARO ORLANDO MORENO VILLAMIZAR y MARÍA GABRIELA RIVERO SOTO, actuando en su condición de endosatarios en procuración del ciudadano CÉSAR AUGUSTO SALAS RODRÍGUEZ contra la ciudadana JOSEFINA CONTRERAS MOLINA, por cobro de bolívares por la vía intimatoria. Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 30 de enero de 2014, por el abogado intimante ÁLVARO ORLANDO MORENO VILLAMIZAR, contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada el 9 de enero de 2014, por el prenombrado Tribunal de Municipio.