Así las cosas quien juzga acuerda conforme a lo solicitado, y en consecuencia se ordena la apertura de una cuenta bancaria en favor de la parte oferida, para lo cual deben librarse los oficios respectivos y en cuanto a la entrega efectiva del inmueble se HOMOLOGA el acuerdo aquí celebrado, dándosele efectos de Cosa Juzgada.
Publíquese, regístrese y déjese para su archivo copia fotostática certificada de la presente acta de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en consonancia con el artículo 112 eiusdem, debiéndose insertar al pie de la misma, el contenido del presente decreto. Así se decide. Es todo, se leyó y conformes firman.