Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: Se inadmite el llamamiento como tercero interviniente al presente juicio de la AGUAS DE MÉRIDA, C.A, (AGUAMERCA), solicitado por la demandada de autos. SEGUNDO: Siendo Inadmitido el llamamiento de tercero, se advierte a las partes que la audiencia preliminar inicial fijada para el décimo (10) de despacho siguiente a aquel en que constó en autos la certificación de la secretaria de haberse practicado la notificación ordenada, se celebrará a las nueve de la mañana (9:00 a.m.).