Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando
Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad
de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de declaratoria de divorcio formulada por los ciudadanos LAUREANO BARRIOS MOLINA y BLANCA OLGA MORENO, plenamente identificados. En consecuencia, se declara el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los antes prenombrados ciudadanos, según el matrimonio civil contraído por ante la Prefectura Civil, de la parroquia Rómulo Gallegos del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida en fecha 06 de Abril de 2001, inserta bajo el No. 13, la cual se encuentra en original agregada al folio 2 y su vuelto del presente expediente. Así se decide.- Se ordena oficiar al organismo respectivo.