PRIMERO: Califica la aprehensión de los imputado HILMER LENDIS LOBO PINZON, como FLAGRANTE tal como lo dispone el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acepta la petición de instrumentar, en lo sucesivo el presente trámite por los cánones del procedimiento Abreviado, de conformidad con los artículos 372 y 373, eiusdem.
TERCERO: Se decreta la medida cautelar sustitutiva de la privación de libertad al imputado HILMER LENDIS LOBO PINZON, prevista en el numeral 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, como presunto autor del delito de HURTO SIMPLE previsto en el artículo 451 en concordancia con el artículo 480 del Código Penal, en perjuicio de EL PALACIO DE LA FRANELA, es decir, el imputado HILMER LENDIS LOBO PINZON, deberá presentarse cada ocho (08) días por ante la oficina del alguacilazgo, contados a partir del día lunes 26-09-05. Se libró la correspondiente Boleta de Libertad.
CUARTO: Se ordena la remisión de la presente causa al Trib.....