DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en funciones de control Nº 1, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO A FAVOR DE INFORMACIÓN OMITIDA; de conformidad con el artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión y una vez firme remítase al archivo judicial en la oportunidad correspondiente.------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZ PROVISORIO EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 1
ABOG. MELISA QUIROGA DE SANCHEZ
LA SECRETARIA
ABOG: ARLENIS LARA GALAVIS.
En la misma fecha y conforme al auto que antecede se libraron boletas de notificación Nros. _____________________
La Secretaria.