Por consecuencia, tomando en consideración lo señalado y en razón del Principio de la Unidad del Proceso, este Tribunal de Primera Instancia del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Se ordena acumular los asuntos penales Nros. LP11-P-2005-000999 y LP11-P-2006-001432, seguidos contra los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión del delito de Robo Simple, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal anterior a la reforma, en perjuicio de las ciudadanas Yuiry del Carmen Méndez Ramírez y María Consuelo Méndez de Briceño, sólo el primero de los asuntos señalados, y, contra el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión del delito de Robo Leve, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 456 del Código Penal vigen.....