Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de IDELMO GRANADILLO BARRIOS, venezolano, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.498.785, natural de El Vigía, Estado Mérida, soltero, residenciado en Caño Seco IV, avenida Principal, vereda 2, casa 1 El Vigía, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en los artículo 40 y 39 en concordancia con el artículo 15 numeral 2 y 1 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia Código Penal en perjuicio de la ciudadana MAURI CAROLINA FERREIRA GONZALEZ; de conformidad con lo dispuest.....