DECISIÓN
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÈRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de COBROS DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, promovida por el ciudadano BERTILIO BECERRA, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.774.932, asistido por el abogado NESTOR JOSÉ SAMBRANO LINARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.328.550, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 50.934, de este domicilio y hábil.; contra de La Sociedad Mercantil AGROVALCA 21, C.A, según consta de acta de asamblea Extraordinaria de Socios celebrada el día 30 de Abril del 2015, posteriormente registrada por ante el Registro Mercantil del Estado Vargas, en fecha 16 de Junio del 2015, quedando inserta bajo el Nº 15, tomo 40-A del expediente 457-2912, repres.....