En consecuencia, este Tribunal de Control No 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONDENA, al acusado JOSE ALIRIO QUINTERO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 9.473.903 a la pena de prisión de CUATRO MESES Y CINCO días, al haberse declarado responsable de las LESIONES(CULPOSAS) Graves, sufridas por el niño Eduardo Marcano Manzulli, prevista en el ordinal 2do del articulo 420 del código penal, en concordancia con el articulo 417 ejusdem; adicionando, se le condena por vía de multa al pago de la cantidad de SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CON QUINIENTOS BOLIVARES (747.500 Bs.) al resarcimiento de los daños acaecidos al menor Eduardo Marcano Manzulli, conforme lo determina los artículos 113, 120 y 122 del código penal, en concordancia con lo previsto en el articulo 34 del código orgánico procesal penal. Se Acuerda, mantener al acusado en el uso y disfrute de la med.....