Se dictó auto y se declaró sin lugar la solicitud presentada por el Abg. Armando de la Rotta, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Gabriel de Jesús Rojas Márquez, procesado por ser el presunto autor del delito de Homicidio Intencional Calificado, previsto en el artículo 406.1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano que en vida respondiera al nombre de Oswaldo Jubal Lobo Morales, mediante el cual requiere el traslado de su defendido hasta el Retén de la Policía del Estado Mérida, ya que dicho retén no es el lugar apropiado para recluir a las personas privadas judicialmente de libertad