DECISION
Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA procedente el derecho al cobro de honorarios judiciales demandados por los abogados JORGE DANIEL CHIRINOS GUTIERREZ Y LUIS OMAR GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.574.134 y V-10.900.778, respectivamente, domiciliados en Tovar, estado Bolivariano de Mérida, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 17.597 y 70.987, en contra de la ciudadana MARIA BERTHIS PEREZ CONTRERAS, titular de la cédula de identidad Nº V-3.721.029, de igual domicilio, por haber quedado firme el decreto intimatorio. En consecuencia: PRIMERO: Se condena a la demandada a pagar la cantidad de CIENTO CINCO MIL BOLÍVA.....