PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos ANAJASBECKA DEL CARMEN SALDIVIA DE GOMEZ y YOHANDER JOSE GOMEZ ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nº V-12.351.945 y V-12.653.633 en su orden, domiciliados en la avenida Fernández Peña, casa Nº 16, Ejido, municipio Campo Elías, del estado Bolivariano de Mérida, operadora móvil: 0416-0738600 y 0416-6352638,correo electrónico: anasaldivia11@gmail.com y yohandergomez542@gmail.com, y civilmente hábiles; a favor de sus hijos, las adolescentes SARAH JASBECKA DEL CARMEN GOMEZ SALDIVIA, de quince (15) años de edad, FN: 20/02/2009, titular de la cedula de identidad N° V-32.709.604, pasaporte venezolano Nº 193195899, ANA VALENTINA DE JESUS GOMEZ SALDIVIA, de catorce (14) años de edad, F.N: 23/06/2010, venezolana, titular de la cedulas de identidad N° V-34.107.703, pasaporte venezolano Nº 193279894 .....