este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, CON SEDE EN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Este Tribunal de Juicio declara su competencia de conformidad con los artículos 453 y artículo 177 parágrafo primero literal c), de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Por lo que a tenor de lo establecido en los artículos 9 de la Convención sobre los Derechos del Niño en armonía con los artículos 5, 8, 25, 177 parágrafo primero literal c), 358, 359, 361 y 363 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes declara: CON LUGAR la demanda de RESTITUCION DE CUSTODIA intentada por la ciudadana LEYNNI VANESA GUEVARA VÁSQUEZ, identificada a los autos, y asistida por la Representación fiscal, en contra del ciudadano NOEL DE JESÚS HERNÁN.....