El Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide PRIMERO: SE DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA, por encontrarse extremados los requisitos establecidos en el articulo 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, del imputado JUAN CARLOS SANDOVAL CAICEDO, colombiano, natural de Colombia, Norte de Santander, Estado Civil Soltero, grado de instrucción cuarto de Bachillerato, nacido en fecha 21-07-1982, de 29 años de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° CC88.260.557, de profesión comerciante, hijo de Alirio Sandoval (v) y de Nely Shyrley Caicedo (v), residenciado en el Sector Caño Seco 4, calle 19, casa sin numero, de color blanca, con rejas blancas, diagonal a la bodega Yorlay, Parroquia Monseñor Pulido Méndez del Municipio Alberto Adriani, aporto al tribunal el número telefónico (0426)653.65.23 y (0275)415.13.80, como consta en Acta de Investigación Polici.....