Este Tribunal Homologación el Convenimiento suscrito por ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida, por los Ciudadanos FREDDY VILLARREAL VILLARREAL y TASSIA ANDREINA CABANIS GIL, venezolanos, mayores de edad, solteros, el primero agricultor y la segunda comerciante, titulares de las cédulas de identidad Nros V-17.605.840 y V-17.217.840, domiciliados el primero En el sector Llano Altos de Mucuyupu casa s/n; y la segunda en la Avenida Miranda, entre calle Bermúdez y Arismendi casa s/n., de esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN Y BONOS a favor de sus hijos (Identidad omitida de conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de tres (03) y seis (06) años de edad,.