ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 03, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en la presente causa A FAVOR del ciudadano GENARINO RIVAS PEÑA, titular de la cédula de identidad N° 10.182.363, residenciado en la carretera panamericana, sector La Montañita, casa N° 452, El Vigía, Estado Mérida, en perjuicio de la ciudadana GEORGINA RIVAS MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 8.005.057, residenciada en el Barrio 12 de Octubre, calle 8, casa N° 7-4, frente a la Librería Sra. Rosa, El Vigía, Estado Mérida, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, 108 ordinal 5° y 110 del Código Penal Venezolano. Y así se decide. Notifíquese al Fiscal del Ministe.....