Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la HOMOLOGACION DE LA TRANSACCION, presentada por las partes en este acto, se le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente. Se ordena agregar al expediente el acuerdo logrado en 05 folios útiles y copia simple de los cheques anteriormente descrito. COPIESE Y PUBLIQUESE LA PRESENTE DECISION. AÑOS: 199º DE LA INDEPENDENCIA Y 150º DE LA FEDERACION.